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MÉXICO Y COLOMBIA EN EL MEDALLERO PANAMERICANO, DESDE UN PUNTO DE VISTA LEGAL.

  • Foto del escritor: Patricia Elizabeth Muñiz Domínguez
    Patricia Elizabeth Muñiz Domínguez
  • 29 sept
  • 6 Min. de lectura

Es de reconocerse la labor que se ha hecho dentro del deporte (por lo menos hasta el año pasado), en un país de Latinoamérica que ha subido de puestos en las últimas justas a nivel continental, como lo es el caso de Colombia, pues para nadie es nuevo que en los pasados Juegos Panamericanos Junior 2025, llevados a cabo en Asunción, Paraguay, este país se colocó en el tercer lugar, solo por debajo de Brasil y Estados Unidos, e incluso por encima de México, considerando que cuenta con casi la tercera parte de la población en nuestro país, por lo que la pregunta en consecuencia sería: ¿qué ha hecho Colombia diferente de México para llegar a este puesto en el deporte continental?


Pues bueno, si bien los resultados en las justas deportivas internacionales atienden a múltiples factores, la finalidad del presente artículo es dar una perspectiva de lo que se ha hecho en Colombia y México en la parte legislativa e incluso, en el tema presupuestal que han tenido ambos países en los últimos años.


En ese sentido, es importante destacar desde la parte normativa las diferencias entre ambas naciones:


1. Ambos países contemplan el deporte (e incluso la cultura física) como un derecho humano, en este caso Colombia lo tiene reconocido en el artículo 52 de la Constitución, el cual reconoce el derecho de las personas a la recreación, el deporte y el aprovechamiento del tiempo libre, a su vez, establece la función del Estado colombiano de fomentarlo y supervisar a las organizaciones deportivas.


Por su parte, en México es el artículo 4º Constitucional el que reconoce el derecho de toda persona a la cultura física y a la práctica del deporte, señalando a su vez, que corresponde al Estado Mexicano su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes de la materia.


2. Ambos países, cuentan con una ley que regula la materia, en el caso de Colombia corresponde a la Ley 181 de 1995 o también conocida como la “Ley del Deporte”, la cual establece las disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física. Cabe destacar que hace algunos años se emitió en ese país la Ley 1967 de 2019, la cual convirtió al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (mejor conocido como COLDEPORTES) en el actual Ministerio del Deporte (lo que en México se conoce como secretarías de estado).


Por su parte, en México se cuenta con la Ley General de Cultura Física y Deporte, la cual al igual de la ley colombiana, regula el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte que consagra nuestro Constitución, en este punto cabe señalar que en México existe la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (mejor conocida como CONADE), la cual se encuentra adscrita a la Secretaría de Educación Pública (también conocida como SEP), haciendo la primer diferencia entre ambos países, es decir, que en nuestro país el deporte y la cultura física no se encuentra estructuralmente hablando, al nivel de una secretaría de estado.


3. En Colombia existe lo que se conoce como la Ley 2210 de 2022 o también conocida como la “Ley del Entrenador Deportivo”, la cual regula la profesión de las personas que se dedican al entrenamiento deportivo, estableciendo como requisito el registro y licencia para ejercer dicha actividad, para lo cual, existen dos formas en ese país de poder ejercer como tal: ya sea contando con un título en algún área relacionada, o en todo caso, las personas que no cuenten con ese título puede obtener un registro provisional y renovable cada cinco años, cumpliendo con ciertos requisitos (ser mayor de edad, contar con experiencia mínima de un año y aprobar una evaluación).


En México no existe como tal una ley que regule la figura del entrenador deportivo, pues si bien, se ha buscado profesionalizar al gremio a través de diversas capacitaciones que realiza tanto la CONADE como otros organismos deportivos, hoy en día no se pide alguna licencia o registro provisional para ejercer dicha profesión en nuestro país.


4. En Colombia existe la Ley 2369 de 2024, la cual crea los Centros de Deporte y Recreación (mejor conocidos como CUBOS), en los cuales se busca promover el deporte inclusivo, equitativo y accesible dentro de las comunidades, estableciendo una detección de talentos deportivos dentro de los mismos.


En México, aunque como tal no existe una ley exclusiva para la formación y detección de talentos en el ámbito deportivo, actualmente existen programas y eventos como la Olimpiada y Paralimpiada Nacional que buscan esa detección en niñas, niños y adolescentes.


5. Hablando del deporte adaptado, en Colombia existe la Ley 582 de 2000, la cual establece y regula el deporte asociado para personas con discapacidad, creando incluso un Sistema Deportivo Nacional de Personas con Discapacidad.


En México, aunque como tal no existe una ley enfocada al deporte adaptado, la propia Ley General de Cultura Física y Deporte establece de manera expresa la inclusión de las personas con discapacidad en el Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (mejor conocido como SINADE), a través de lo que es el Comité Paralímpico Mexicano (conocido también como COPAME), el cual está integrado por las diversas federaciones que regulan los deportes y modalidades deportivas para personas con alguna discapacidad.


6. En temas de dopaje, en Colombia existe la Ley 845 de 2003, la cual establece la regulación para la prevención y lucha contra el dopaje en ese país.


En México, aunque no existe una ley como tal enfocada en el dopaje, la propia Ley General de Cultura Física y Deporte contempla un capítulo que habla sobre el tema, recordando que a nivel internacional el dopaje se rige por lo que se conoce como el Código Mundial Antidopaje, el cual las legislaciones nacionales no pueden contravenir.


7. En Colombia existe la Ley 2507 de 2025 que reconoce oficialmente los deportes electrónicos (mejor conocidos como esports), integrándolos al Sistema Nacional de Deporte, buscando a su vez, estructurar, regular y promover dicha actividad en ese país.


En México como tal no existe una regulación en específico para los deportes electrónicos, sin embargo, existe el antecedente que hace algunos años estuvo reconocida por la CONADE la Federación Mexicana de Esports.


8. Por último, aunque no es una ley que se enfoque en el deporte, en Colombia existe la Ley 1816 de 2016, la cual regula el tema de licores destilados en ese país, señala que el 3% de la recaudación total podrá ser destinado a financiar el deporte a nivel departamental, es como si en México se estableciera un porcentaje de la venta del licor al deporte en cada una de las 32 entidades federativas del país.


No obstante todo lo anterior, en el pasado mes de septiembre salió la noticia de que en Colombia diversos actores dentro del deporte nacional, marcharon para protestar por el recorte presupuestal que el deporte ha tenido en ese país, para lo cual me gustaría darle al lector una perspectiva sobre el presupuesto que ha recibido Colombia y México en los últimos años:


1. El presupuesto para el deporte en Colombia para el año 2024 (año olímpico) fue de $1,364 billones de pesos colombianos (lo equivalente a $6,462,667 millones de pesos mexicanos o aproximadamente $337 millones de dólares).


Por otro lado, en México el presupuesto para el deporte en el año 2024 fue de $2,636,000 millones de pesos mexicanos (aproximadamente unos $143,000 dólares), en este punto me gustaría resaltar que en nuestro país se recibió para el mismo año, casi la tercera parte de lo que se percibió en Colombia, cuando México cuenta con una población casi tres veces mayor.


2. El presupuesto para el deporte en Colombia para el año 2025 se vió recortado significativamente, pues para el año en curso ese país recibió $464 mil millones de pesos colombianos (lo equivalente a $2,198 millones de pesos mexicanos o aproximadamente $120 millones de dólares).


Por su parte, el presupuesto para el deporte en México para este año 2025 fue de $2,637,738 millones de pesos mexicanos (aproximadamente unos $140 millones de dólares), es decir, que en Colombia están protestando por un recorte del 70% del presupuesto al deporte, lo cual equivale casi al presupuesto con el que cuenta México para una población tres veces mayor.


Así las cosas, y como lo comentaba al inicio del presente artículo, los resultados en justas internacionales depende de múltiples factores, sin embargo, desde el ámbito legislativo espero haberle dado al lector una perspectiva de cómo estamos en nuestro país en ese sentido y las diversas áreas de oportunidad que tenemos, de igual forma, el tema presupuestal juega un papel primordial en el desarrollo del deporte en nuestro país, así como la implementación de políticas públicas para acercar estas actividades a la población en general.



Licenciada en Derecho por la Universidad La Salle, Maestra en Gestión Deportiva por la Universidad De La Salle Bajío, Master Internacional de Derecho Deportivo por la Universidad de Lleida, España, obteniendo el premio a la mejor tesis de Iberoamérica, actualmente se encuentra estudiando el doctorado por la misma Universidad. Fundadora del Despacho “Muñiz & Asociados, Abogados del Deporte”, por nombramiento presidencial fue Miembro Titutlar de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD). Autora del libro “EL DEPORTE ES NUESTRO DERECHO” y de artículos relacionados con el Derecho del Deporte, ha sido docente de la materia “Legislación Deportiva” en diversas instituciones educativas. Como deportista fue subcampeona nacional de la disciplina de Karate. Facebook: Patricia Muñiz (El deporte es nuestro derecho) Instagram: patriciamuniz447.

 
 
 

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